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Consulta pública finaliza el 10 de agosto: Llaman a precisar redacción de propuesta del SAG sobre semillas corrientes ante dudas sobre sus alcances
El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) abrió una consulta pública hasta el 10 de agosto para una nueva resolución que busca actualizar las reglas para la comercialización de semillas corrientes en Chile. Mientras el organismo asegura que la propuesta no afecta el intercambio ni el uso propio de semillas, especialistas y organizaciones solicitan precisar la redacción antes de su resolución final. ¿Qué es lo que está realmente en discusión? Aquí te compartimos más detalles.
Una consulta pública del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), publicada el pasado 8 de junio, busca recoger observaciones sobre la resolución que establece nuevos requisitos para comercializar semillas corrientes en Chile. Según el SAG, la norma estaría enfocada en quienes venden semillas bajo exigencias oficiales de identificación, calidad y etiquetado.


En este sentido, el organismo plantea que la justificación para actualizar la regulación vigente radica en las nuevas formas que existen para comercializar estas semillas. Según han precisado, una parte importante de las ventas se realiza a través de internet, lo que dificulta identificar a quienes ofrecen estos productos y realizar un seguimiento del origen de los lotes comercializados.
La propuesta rápidamente recibió observaciones por parte de organizaciones campesinas y ambientales, quienes sostienen que el proyecto podría tener un alcance mayor por cómo ciertos artículos de la propuestas fueron escritos. Frente a las inquietudes, el SAG publicó una aclaración el 13 de julio. En esta instancia, el Servicio reconoció que la redacción de algunos artículos puede generar distintas interpretaciones provocadas por la ambigüedad, motivo por el cual el proceso de consulta pública resulta fundamental.


Desde Semilla Austral, red y cooperativa chilena de familias guardianas de semillas, se ha llamado a participar de esta consulta pública para manifestar las inquietudes que surgen del proyecto. Además, argumentan que la medida podría traer dificultades para los pequeños agricultores y comercializadores.
Clarita Ringeling, ingeniera agrónoma y encargada del área de producción y calidad de Semilla Austral, donde además coordina el Sistema Participativo de Garantía (SPG), explica que desde la organización identifican dos principales preocupaciones respecto de la propuesta: la primera se relaciona con la definición de comercio de semillas corrientes y la segunda, con la pérdida de diversidad genética de semillas.
Las inquietudes para la semilla corriente
En el punto 2 de la resolución del SAG, referido al comercio de la semilla corriente, se precisa “la venta, la tenencia destinada a la venta y toda cesión, entrega o transmisión de semillas con fines de explotación comercial, a título oneroso o no”.
Según Ringeling, al no excluir explícitamente prácticas no monetarias, existe el riesgo de que los fiscalizadores clasifiquen el intercambio gratuito como comercio informal. La especialista considera que, el artículo, como está redactado, podría incluir erróneamente otras formas de entrega o transferencia, como aquellas realizadas sin intercambio económico como el trueque y el trafkintu: “Eso deja abierta la interpretación sobre qué se considera una transferencia de semillas”.


SAG precisó en su aclaración que “las exigencias descritas en la norma se aplican únicamente a quienes desarrollan actividades de comercialización. Por lo tanto, no alcanzan a quienes conservan, intercambian o comparten semillas sin fines comerciales. Esta propuesta no crea un nuevo sistema de regulación de semilla, ni tampoco regula el intercambio de semillas sin fines comerciales, por lo que no prohíbe que agricultores, comunidades o familias intercambien, compartan o conserven semillas para uso propio”
Por ello, Ringeling señala que ciertas definiciones deberían limitarse para evitar ciertas interpretaciones: “Nuestra propuesta es que esa definición sea más acotada y que se eliminen expresiones como ‘a título oneroso o no’, porque podrían generar interpretaciones que afecten los intercambios”.
¿Qué pasa con las semillas campesinas?
Otro punto que la especialista advierte es que la propuesta no reconoce a las semillas campesinas o heterogéneas en el artículo 3.1 que aborda la «genuinidad» de las semillas. Este establece que toda variedad agrícola que se desee comercializar en Chile deberá incorporarse obligatoriamente a la Lista de Variedades Oficialmente Descritas (LVOD) del SAG, con el fin de contar con una descripción oficial de sus características.
De acuerdo con el SAG, gran parte de las exigencias incluidas en la propuesta ya se encuentran establecidas en la Resolución N.° 3.080 de 2022, como la inscripción de variedades en LVOD.
Al exigir la «genuinidad» de las variedades mediante criterios de descripción varietal oficial, distintos actores han advertido que las semillas campesinas podrían enfrentar dificultades para ser incorporadas al listado, debido a que sus características no responden necesariamente a los criterios requeridos para las variedades comerciales. Sobre este punto, Clarita Ringeling señala que esta situación podría afectar su disponibilidad y dificultar el desarrollo de la agricultura orgánica.


En su aclaración, SAG apuntó que la nueva norma “no establece nuevas restricciones para las semillas campesinas, criollas, tradicionales o ancestrales, ni afecta las prácticas de conservación o resguardo de semillas. Tampoco modifica el régimen de propiedad intelectual vigente sobre las semillas, ni regula el uso ni el comercio de semillas transgénicas, materias que cuentan con su propia normativa”.
Por ello, organizaciones llaman a una mayor claridad en la normativa. A diferencia de las variedades comerciales, las semillas campesinas no tienen características uniformes. Por ello, advierten que si no existe una categoría que las reconozca formalmente, podrían quedar sujetas a exigencias pensadas para otro tipo de semillas, dificultando su comercialización por parte de los agricultores que las conservan y cultivan.
“No se les puede atribuir las mismas exigencias que a una semilla corriente. Se debería buscar incluir en la normativa de comercio a las semillas que nosotros llamamos heterogéneas, o tradicionales, antiguas, criollas, cuyo valor está en que tienen una diversidad genética más amplia y en que siguen siendo cultivadas y protegidas en el mismo campo”, continúa explicando Clarita.
De acuerdo al SAG, el cambio principal sería la creación de un registro obligatorio para comerciantes de semillas, quienes contarían con un plazo de un año para inscribirse desde la publicación definitiva de la resolución. Esta corresponde a la persona o entidad que realiza el trámite para incorporar una semilla a la Lista de Variedades Oficialmente Descritas (LVOD) del SAG, entregando una muestra y la información necesaria para su registro.
Algunos actores advierten que, en el caso de semillas tradicionales o campesinas, este mecanismo podría generar apropiación por parte de quien realiza la inscripción, aunque esta no implique derechos de propiedad sobre la variedad. Frente a ello, el SAG aclara que figurar como representante no entrega exclusividad ni dominio sobre la semilla y que, si se trata de una variedad de uso público, cualquier persona puede comercializarla.
Los artículos en relación a esta materia contemplan la inscripción obligatoria de los comerciantes en un registro, además de exigir trazabilidad documental —como facturas, guías de despacho y registros de existencia— y análisis de semillas bajo normas internacionales ISTA (Asociación Internacional de Análisis de Semillas).
Aún cuando dos de estos requisitos ya forman parte de la normativa vigente, Ringeling advierte que en la práctica efectivamente representan una barrera para pequeños comercializadores que trabajan con bajos volúmenes de semillas: «Actualmente la normativa exige que las semillas que se venden tengan pruebas de pureza analítica y germinación, independiente de la cantidad comercializada. Hoy muchos pequeños comerciantes de semillas no cumplen esos requisitos, no porque no quieran hacerlo, sino porque son exigencias difíciles de asumir».
En ese contexto, desde Semilla Austral plantean que una redacción más precisa permitiría diferenciar con mayor claridad las actividades de comercialización de prácticas tradicionales como el intercambio y la conservación de semillas. “Nosotros valoramos que exista una intención de formalizar el mercado, pero creemos que la resolución debe mejorar para que realmente permita la incorporación de pequeños comerciantes”, termina por señalar la agrónoma.
La consulta pública permanecerá abierta hasta las 23:59 horas del 10 de agosto y sus resultados no son vinculantes, es decir, el SAG no está obligado a incorporar todas las observaciones recibidas. Semilla Austral ya presentó sus comentarios al Departamento de Semillas del SAG y difundió el documento completo con sus propuestas en su sitio web.
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