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Multa histórica por elusión ambiental en la Región de Los Lagos: SMA sanciona a proyecto inmobiliario en el río Maullín por 3.800 millones
La resolución sienta un precedente para la protección del patrimonio natural de Chile y marca un hito tras más de seis años de denuncias, procesos judiciales y revisión administrativa. Además, reconoce la relevancia del Río Maullín como un territorio prioritario para la conservación y fortalece las herramientas para prevenir impactos ambientales en áreas protegidas.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó por elusión ambiental, tras seis años desde la primera denuncia, al proyecto inmobiliario Alto Maullín imponiendo una multa de casi $3.800 millones calculada sobre el beneficio económico ilícito obtenido por la venta de parcelas.
El proyecto inmobiliario loteó 87 parcelas a las orillas del río Maullín, con una intervención que provocó la afectación ambiental directa de un ecosistema frágil dentro de un área protegida, generando principalmente pérdida de bosque nativo y degradación del suelo, sin haberse sometido previamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, lo que, alertó a autoridades y sociedad civil.
La resolución emitida la semana pasada pone término a un extenso procedimiento administrativo, impulsado por organizaciones ciudadanas y comunidades locales que denunciaron el desarrollo del proyecto en un territorio vinculado al Santuario de la Naturaleza Humedales del Río Maullín y reconocido como sitio prioritario de conservación. Durante ese período, los denunciantes obtuvieron fallos favorables del Tercer Tribunal Ambiental, la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema.
Entre las organizaciones denunciantes estuvieron Fundación Legado Chile, el Comité Ambiental Comunal Puerto Varas, Fundación Conservación Marina, Birds Chile y la Asociación de Tour Operadores Los Lagos.
“Nos alegra que el trabajo persistente de la sociedad civil haya contribuido a visibilizar esta situación y que hoy exista un pronunciamiento claro respecto de la importancia de resguardar ecosistemas de alto valor ambiental para las generaciones presentes y futuras”, señaló Ennio Nasi Borsarelli, presidente del CAC de Puerto Varas.

Qué hay detrás de la resolución
La resolución es la primera en reconocer expresamente la relevancia del sitio prioritario del río Maullín como criterio para evaluar los impactos de un proyecto inmobiliario, lo que fortalece la protección futura de la cuenca y entrega un precedente.
Anais Baraona Mancilla, abogada, explicó que “esta resolución sancionatoria marca un hito fundamental en la protección del patrimonio natural de Chile al imponer una multa total de 4.414 UTA, la cual está diseñada principalmente para neutralizar el beneficio económico ilícito derivado de la venta de lotes al margen de la ley”.
Añadió que “la sanción establece, además, un precedente jurídico crucial para la industria inmobiliaria desde la institucionalidad ambiental: la evaluación ambiental es obligatoria y preventiva, y no se permitirá que las empresas utilicen «desistimientos parciales» como una vía para eludir el sistema después de haber causado impactos ambientales significativos, como se pretendió hacer en este caso”.
“En definitiva, el criterio de la Superintendencia en este caso, asegura que ningún proyecto inmobiliario similar, emplazado en áreas protegidas, pueda situar su rentabilidad por encima del derecho a un medio ambiente sano, fortaleciendo la capacidad del Estado para predecir y mitigar los riesgos sobre hábitats críticos como lo es el río Maullín”.
A lo anterior se sumó Verónica Irarrázabal, Directora Ejecutiva de Fundación Legado Chile, quien señaló que “lo deseable es que las instituciones del Estado funcionen bien y que no se llegue a instancias de denuncia y sanción. Esta resolución debe ser una señal clara para las empresas: los proyectos tienen que seguir los procesos regulares, con excelencia, especialmente cuando están vinculados a ecosistemas tan frágiles como el río”.
Pese a lo anterior es necesario destacar que la protección del río Maullín no fue fruto de la acción espontánea del Estado, sino del trabajo persistente de comunidades y vecinos que durante años exigieron el cumplimiento de la ley. La cuenca del río Maullín, con sus humedales, su biodiversidad y su rol como corredor biológico en el sur de Chile, gana con esto un antecedente concreto que podrá invocarse en futuros conflictos.
La empresa aún puede impugnar la sanción judicialmente, por lo que las organizaciones anunciaron que continuarán vigilando el cumplimiento de la resolución
*Las imágenes de este artículo cuentan con autorización para la difusión de la noticia bajo los créditos correspondientes en los canales de Ladera Sur.
Fundación Legado Chile


