Efectos de la Ley Navarino: ¿Por qué salmonera Nova Austral recibió más de $131 mil millones en subsidios?
Hace unas semanas la Fiscalía formalizó a cinco altos ejecutivos de Nova Austral por fraude de subvenciones –entre otros delitos- tras recibir $60 mil millones vía Ley Navarino entre 2016 y 2019 a pesar de incumplir el requisito de utilizar racionalmente los recursos naturales y preservar la naturaleza. Según minuta publicada por Fundación Terram, los montos bonificados serían mayores, alcanzando un total de $131.564 millones entre 2001 y 2020.
A fines de marzo de este año, y tras años de investigación luego de que el medio El Mostrador publicara los Salmón Leaks, la Fiscalía formalizó por el delito ambiental de contaminación de agua y fraude de subvenciones de la Ley Navarino a cinco altos ejecutivos de esta empresa tras concluir que tuvieron participación directa en la falsificación de datos de mortalidad de peces como también de la siembra y la cosecha con el consecuente deterioro del fondo marino desde el 2016 a 2019.
Justamente a propósito de los beneficios que esta ley otorga, y en particular sobre su rol en la expansión de la industria salmonera, Fundación Terram publicó una minuta donde identificó que entre 1989 y 2020 la Ley Navarino entregó un total de $299.343 millones de pesos en subsidios a 207 empresas de distintos rubros, de los cuales $131.564 millones fueron destinados a Nova Austral S.A., equivalentes al 44% del total bonificado en dicho periodo.
Para dimensionar el volumen de recursos bonificados a Nova Austral, la minuta de Terram constata que los montos recibidos por esta empresa durante los años 2017 y 2018 a través de la Ley Navarino equivalen el 38% y 34% del presupuesto anual del Gobierno Regional (GORE) de Magallanes, respectivamente.
El origen de las subvenciones
Tras el Conflicto del Beagle surgido en 1978 producto de la disputa con Argentina por la soberanía sobre dicho canal y las islas Picton, Nueva y Lennox, Chile –en ese entonces bajo una dictadura militar- decide impulsar el poblamiento en una parte del territorio de la región de Magallanes con un interés geopolítico.
Así es como se promulga en 1985 la Ley N° 18.392, conocida como Ley Navarino, la cual establece un régimen de excepción aduanero y tributario para aquella porción del territorio comprendido entre la Isla de Tierra del Fuego, Cabo de Hornos y parte de la costa sur del Estrecho de Magallanes, con el objetivo de favorecer algunas industrias que, al instalarse, favorecieran el poblamiento de esa porción del territorio.
Para Christian Paredes, abogado de Fundación Terram y uno de los autores de la minuta, “vale la pena preguntarse si la justificación y objetivo de fomento perseguido al momento de su promulgación asociado al poblamiento de esa zona, subsiste hasta hoy como para sostener la vigencia de esta legislación”.
Entre las recomendaciones del documento, y considerando que esta ley se mantiene vigente hasta el año 2035, se plantea la necesidad de compatibilizar los requisitos para acogerse a estos beneficios “exigiendo la evaluación de impacto ambiental de determinadas actividades beneficiadas, o la pérdida definitiva de la bonificación ante sanciones ambientales o la condena a la reparación del daño ambiental”.
Flavia Liberona, directora ejecutiva de la Fundación Terram, señala: «Son por todos conocidos los deficientes comportamientos que ha tenido la empresa Nova Austral en materia ambiental, sin embargo esto no ha impedido que reciba beneficios del estado de Chile. En este sentido queremos llamar la atención sobre cómo se aplica esta regulación, pues a pesar de que en el texto se contemple la racional utilización de los recursos naturales y la preservación de la naturaleza y el medio ambiente, la entrega de bonificaciones no está vinculada a su cumplimiento, pues no existe ningún mecanismo de fiscalización y sanción asociado a ello. Por tanto nos parece urgente que se revise la aplicación de esta ley y se hagan modificaciones para que una empresa que incumple la regulación ambiental, no pueda ser objeto de beneficios por parte del estado de Chile».
Junto a ello, se propone en el documente “incluir otra clase de actividades más allá de las cinco actualmente contempladas, tales como la educación ambiental y la conservación, así como evaluar la posibilidad de excluir otras, como mineras y cierta clase de actividades industriales, en atención al grado de consolidación de la industria y volumen de ventas por sector”, como ocurre con la propia industria salmonera.
Revisa el documento completo acá.