Uno de los principales instrumentos de gestión ambiental que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) debe fiscalizar son las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), que para el caso de los centros de engorda de salmones en el mar, entre otros aspectos, establecen una cantidad máxima de toneladas de peces a producir por las empresas durante cada ciclo productivo, esto, supuestamente, con el fin de evitar una sobrecarga de nutrientes y químicos en los ecosistemas marinos, cuyos efectos pueden ser fatales para la biodiversidad que estos albergan, más aún cuando se ubican dentro de áreas protegidas. 

Recientemente salió a la luz pública el caso de Australis Mar, empresa de capitales chinos que, luego de mantener cuatro procedimientos sancionatorios abiertos por sobreproducción de salmones, se autodenunció por haber incurrido en la misma infracción durante 49 ciclos productivos distintos en 33 centros de cultivo en el mar, por un total de 80 mil toneladas excedidas sobre lo autorizado en sus permisos ambientales. De ellos, la autoridad fiscalizadora y ambiental solo había identificado dos casos, dejando al descubierto serias falencias institucionales.

Salmoneras ©Fundación Terram
Foto referencial de Salmonera ©Fundación Terram

Pero lejos de lo que se piensa, el de Australis Mar no es un caso aislado, ya que, luego de revisar la información productiva de la industria salmonera que mantiene en línea el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), a la cual Fundación Terram accedió por medio de solicitudes de información vía Ley de Transparencia, fue posible constatar que Nova Austral habría incurrido en 24 eventos de sobreproducción de salmones en 12 centros de cultivo entre 2001 y 2020, todos ubicados al interior del Parque Nacional Alberto De Agostini en la Región de Magallanes, sin ser detectados por las autoridades. En total, las 24 infracciones acumulan 32.864 toneladas de peces cosechados por sobre los límites autorizados por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Todo esto, sin considerar las cifras por concepto de mortalidades ocurridas durante el ciclo productivo.

Según lo establecido en la Ley Orgánica de la SMA, todos estos casos se encontrarían prescritos, ya que transcurrieron más de tres años sin que dicho organismo iniciara un procedimiento sancionatorio contra la empresa. 

En cuanto al beneficio económico, a modo de referencia, estas 32.864 toneladas que habrían sido cosechadas ilícitamente se traducen en $319 millones de dólares al precio de venta promedio que tuvo el salmón producido en Chile durante el 2022 según Infotrade ($9,7 dólares por kg.).

Aun cuando el Sernapesca mantenía en línea la información productiva de los centros de cultivo, todas estas infracciones pasaron coladas sin ser detectadas, pese a que, en varios ciclos productivos, solo la cosecha de salmones superó el 100% del límite autorizado en los permisos ambientales, como ocurrió en los centros Aracena 1 (120067), Aracena 5 (120070), Aracena 6 (120087), Aracena 10 (120088) y Aracena 15 (120097). En el caso de Aracena 6, sus cosechas incluso excedieron en un 200% su límite productivo.

Cabe precisar que, hasta fines de 2014, Nova Austral pertenecía a Pesca Chile, de capitales españoles, quien, en ese entonces, para evitar la quiebra, vendió la empresa a los fondos de inversión privado Bain Capital y Altor Equity Partners -controladores de Nova Austral-.

Por otro lado, en 6 ciclos productivos ocurridos entre 2013 y 2019 no fue posible determinar con precisión si efectivamente los centros Aracena 1, Aracena 2, Aracena 6, Cockburn 3 y Cockburn 23 de Nova Austral incurrieron en sobreproducción al interior del Parque Nacional Alberto De Agostini. El motivo es que las cifras de mortalidades de salmones entregadas por el Sernapesca vía Ley de Transparencia generan dudas respecto de su veracidad por la baja cantidad de peces muertos que se registran en relación a los niveles de producción, ya que en ningún caso ésta superó el 2% de la biomasa producida, lo cual resulta extraño teniendo en consideración el hecho de que las propias RCA aprobadas para el cultivo de salmones estiman que, durante cada ciclo productivo, de manera aproximada, un 10% de los peces morirán, a lo cual se suma que los centros de cultivo de esta empresa presentan muchos muestreos con bajos niveles de oxígeno en el fondo marino, lo que se traduce en una dificultad mayor para la vida de los peces en cautiverio. Por tanto, es posible pensar que la mortalidad de peces para este periodo podría ser incluso mayor al 10%.

Al respecto, cabe recordar que, en 2019, a través del reportaje Salmonleaks publicado por el medio El Mostrador, se conoció que en todos los ciclos productivos desarrollados entre 2016 y 2019, Nova Austral mantuvo una doble contabilidad de mortalidades, una real y otra ficticia, informando a Sernapesca una cantidad menor de peces muertos para así evitar posibles sanciones, seguir produciendo y no dañar su imagen internacional de empresa sustentable. En ese entonces, gran parte de sus centros sufrieron la muerte de más del 15% de los salmones sembrados.

Tras la publicación del reportaje y la denuncia interpuesta por Sernapesca en ese entonces, Nova Austral solo fue condenada al pago de 3.000 UTM, cerca de $150 millones de pesos aproximadamente que, al precio actual del salmón, equivale al valor de venta de 25 toneladas, cifra que no se acerca ni al 1% de las cosechas anuales de la empresa. Junto a ello, se le sancionó con la suspensión de un ciclo productivo del centro de cultivo Aracena 3, por haber entregado información no fidedigna y tardía al organismo fiscalizador. Pero pese a tener la información a la vista, Sernapesca nunca denunció los casos de sobreproducción ocurridos durante ese periodo.

Los centros que están en juicio con la SMA por la revocación de su RCA

En junio de 2022, la SMA tomó una decisión sin precedentes al revocar los permisos ambientales de tres centros de cultivo de la empresa Nova Austral por haber incurrido en la sobreproducción de salmones al interior del Parque Nacional Alberto De Agostini. Estos casos se encuentran actualmente a la espera de que el Tribunal Ambiental ratifique o no la sanción de la SMA, tras la reclamación interpuesta por la empresa.

Uno de esos centros es Cockburn 23 (120123), el cual fue sancionado por producir 2.110 toneladas por sobre lo establecido en su permiso ambiental durante el ciclo ocurrido entre 2016 y 2017. Pero lo que las autoridades no detectaron es que el centro volvió a incurrir en sobreproducción entre julio 2018 y enero 2020, excediendo en 110 toneladas de salmones el límite legal, cifra que podría ser mayor, ya que Sernapesca registra solo 11 toneladas de mortalidades durante el ciclo productivo, lo cual podría estar subvalorado de acuerdo a lo detallado en el apartado anterior de esta investigación.

Al ser consultados, desde la SMA señalaron que “de forma previa o durante la tramitación del procedimiento D-094-2019, la SMA no recibió denuncia sectorial o ciudadana relativa al nivel de producción y eventual sobreproducción respecto del ciclo 2018-2020 en el CES Cockburn 23 (120123), por tanto, al no contar con un antecedente sobre ello, el ciclo en cuestión no fue considerado como infracción en el referido procedimiento”. 

Por su parte, el centro Aracena 10 (120088), que se encuentra en la misma situación judicial que Cockburn 23 por haber producido por sobre el máximo legal en el ciclo 2016-2017, había incurrido previamente en sobreproducción durante el ciclo 2010-2012: sus 4.221 toneladas de peces cosechados superaron en un 181% las 1.500 toneladas autorizadas en su permiso ambiental, pero tampoco fue detectado ni denunciado por el Sernapesca, pese a que los 3 muestreos de la situación ambiental del fondo marino realizados luego del término de la cosecha registraron condiciones anaeróbicas, lo que quiere decir que el oxígeno disponible era tan bajo que no permitía la vida de las especies que ahí habitan. Este escenario de falta de oxígeno del fondo marino recién se revirtió luego de tres años, en junio de 2015, lo que le permitió a Nova Austral volver a producir en 2016, para reincidir en la sobreproducción. 

Efectos ambientales en el Parque Nacional Alberto de Agostini

Actualmente Chile tiene un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), el cual, según información de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), se compone de 107 unidades que, de acuerdo a su valor ecosistémico, están categorizadas con distintos grados de protección, siendo los parques nacionales las áreas que concitan el mayor estándar para el resguardo de su biodiversidad. Pese a esto, y a la prohibición establecida en el artículo 158 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, como también en la Convención de Washington ratificada por Chile en 1967, al interior de la porción marina de varios parques nacionales se continúa desarrollando el cultivo intensivo de salmones, actividad altamente contaminante.

En el marco de los procedimientos sancionatorios que derivaron en la revocación de las RCA de los tres centros de Nova Austral, a través del Ordinario N°415/2020, la CONAF señaló que las infracciones de la empresa generaron diversos tipos de efectos ambientales sobre los objetos de protección del parque nacional, como son los mamíferos marinos y los fiordos y canales, tales como “el aumento en el ingreso de nutrientes exógenos (…), los cuales pueden llegar a modificar toda la trama trófica del área y afectar su biodiversidad”, especialmente la gran diversidad de zooplancton y  ecosistemas bentónicos. 

Estos efectos -agrega el informe de la CONAF-, sumado a otros derivados de la actividad acuícola industrial, ponen en riesgo la conservación de la gran diversidad de mamíferos que existen en el Parque Nacional Alberto De Agostini, ubicado en el extremo sur de Tierra del Fuego, como la ballena jorobada, ballena azul, ballena franca austral, rorcual común, delfín chileno, delfín austral, delfín oscuro, tonina overa, orca, elefante marino, lobo fino austral, lobo común, foca leopardo, huillín y chungungo.

El informe concluye que, al haber afectado los objetos de protección de un Parque Nacional, se han incumplido normas de carácter ambiental incluso más allá de la Ley 19.300, como lo es la Convención de Washington y también el Decreto N°80 de 1965, que crea el Parque Nacional Alberto de Agostini. Incumplimientos que se harían extensibles a los 24 eventos de sobreproducción identificados en esta investigación que nunca recibieron sanción, al haber ocurridos todos al interior de esta área protegida.

Respuesta de las autoridades

Consultados por estos antecedentes, desde Sernapesca respondieron que, del listado de 24 casos de sobreproducción identificados en esta investigación, el organismo solo denunció 3 infracciones ocurridas en los centros Aracena 1 (120067) -en dos oportunidades- y Aracena 6 (120087) entre los años 2009 y 2010 en Tribunales de Justicia, y no en la SMA, por el hecho de que dicho organismo comenzó a ejercer sus atribuciones en diciembre de 2012.

Además de estos tres casos denunciados en Tribunales, Sernapesca añadió que denunció ante la SMA otros 6 eventos de sobreproducción de la empresa Nova Austral entre 2018 y 2023, los cuales derivaron en procedimientos sancionatorios que presentan distintos estados de avance, incluyendo los 3 centros cuyos permisos ambientales fueron revocados y actualmente se encuentran judicializados por la empresa. No obstante, dichas denuncias salieron desde Sernapesca, en promedio, recién 16 meses después de que los centros de cultivo hayan terminado la cosecha de peces y consumado la infracción, restando el margen de tiempo para que la SMA actúe de manera oportuna.

Por su parte, la SMA, al ser consultada por los mismos hallazgos realizados en esta investigación, señaló que ninguno de los 24 casos del listado tiene asociada una denuncia de Sernapesca que haya ingresado al organismo.

Sumado a lo anterior, en el caso de la sobreproducción del centro Cockburn 13 (120127) ocurrida durante el ciclo 2015-2017 -que sí fue notificada por Sernapesca y sobre la cual se abrió un sancionatorio durante el desarrollo de esta investigación-, “esta denuncia fue gestionada por la SMA por lo que posteriormente se generó un informe de fiscalización. Además, respecto al mismo centro, para el ciclo 2018-2020, y sin denuncia previa de Sernapesca, la SMA realizó inspecciones que fueron contenidas en otro informe de fiscalización. Ambos informes de fiscalización fueron utilizados como antecedente en la formulación de cargos vinculada al expediente sancionatorio D-129-2023 del 1 de junio de 2023, en el que se formularon dos cargos graves por la superación de la producción máxima autorizada”.

Pero lo que no explicita la SMA en su respuesta es que la sobreproducción de Cockburn 13 ocurrida entre 2015 y 2017 prescribió en agosto de 2020, por tanto, no se encontraba sujeta a sanción al momento en que dicho organismo inició el procedimiento sancionatorio en junio de 2023. En otras palabras, fue la reincidencia de la empresa en el siguiente ciclo productivo lo que abrió la posibilidad de incorporar esa infracción en la formulación de cargos, volviendo a mostrar la debilidad del Estado en materia de fiscalización y sanción ante la segunda mayor industria exportadora del país.

Cambio en el criterio de fiscalización por año a ciclo productivo

Al ser consultado sobre por qué no se detectaron a tiempo estas infracciones ocurridas al interior de un área que tiene la mayor categoría de protección por su alto valor natural, como es un parque nacional, desde Sernapesca respondieron que, por un lado, recién luego de la creación de los descansos sanitarios en el año 2009 -los cuales obligan a detener el cultivo de salmones en una zona determinada durante un periodo de tres meses- se comenzó a fiscalizar el cumplimiento de los límites máximos de producción de los centros de cultivo por todo el ciclo productivo, y ya no solo por año calendario (de enero a diciembre). Esto es, todo el tiempo que transcurre entre la siembra y cosecha de salmones, más allá de si ocurre o no dentro de un mismo año calendario.

Pero al revisar la información productiva de los centros de cultivo, lo cierto es que de los 10 casos de sobreproducción ocurridos entre 2001 y 2009, al menos 8 pudieron perfectamente ser detectados por la autoridad fiscalizadora con los criterios de ese entonces, ya que en dichos casos las sobreproducciones se registraron durante un mismo año calendario, por lo que hubiera bastado mirar las cifras notificadas por la propia empresa -que Sernapesca mantenía en línea- para detectar las infracciones a los permisos ambientales (ver Tabla N°2). 

Casos previos a la vigencia de la SMA

Si bien la SMA se creó en septiembre de 2010, recién el 28 de diciembre de 2012 comenzó a implementar sus facultades fiscalizadoras y sancionatorias establecidas en la Ley N°19.300, la que, hasta ese entonces, otorgaba un rol fiscalizador sobre el cumplimiento de las normas a todos los organismos públicos que participaban del proceso de evaluación ambiental, como Sernapesca, a quienes también les reconocía el derecho a ejercer las acciones civiles o penales que sean procedentes. De esta manera, de los 10 casos de sobreproducción ocurridos antes de que la SMA entrara en vigencia, Sernapesca solo denunció 3 en Tribunales.

Para saber en qué terminaron estas denuncias, se pidieron los antecedentes a Sernapesca, desde donde señalaron que, por corresponder al sistema antiguo de denuncias, previo al 2015, estas se tramitaban en papel, por lo cual no sería información que mantengan sistematizada y disponible, y para acceder a ella, sería necesario pedir al Tribunal que desarchive la causa. No obstante, de los casos consultados, Sernapesca señaló que rescató la información de una de las denuncias, correspondiente a las sobreproducciones en los CES 120067 y 120069, tramitada en el Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas (ROL 154/2010), y cuyo resultado fue una sanción de 70 UTM para Nova Austral, equivalente a $2,6 millones de pesos de ese entonces.

Casos posteriores a la vigencia de la SMA

Por otro lado, en relación a los 14 casos de sobreproducción de Nova Austral que no fueron denunciados a la SMA desde que esta entró en vigencia a fines de 2012, pese a que aún no prescribían, desde Sernapesca agregaron que “actualmente existen herramientas tecnológicas que ayudan a verificar situaciones que en esa época tomaban más tiempo, pero que, por el principio de eficiencia, el Servicio se enfoca en detectar y denunciar e informar a las autoridades competentes situaciones que no se encuentren prescritas ante la Ley

Lo cierto es que desde el 2010 Sernapesca cuenta con un Sistema de Información para la Fiscalización de Acuicultura (SIFA) que, de acuerdo a lo señalado por el propio organismo en su Cuenta Pública de ese año, le permitiría “realizar un análisis más rápido y acabado de la información (…) lo que ayudará a una toma de decisiones oportuna y con información técnica actualizada”. Pero tal como expone esta investigación, esto no ocurrió en los 14 casos de sobreproducción de salmones de Nova Austral ocurridos entre 2010 y 2020 donde la empresa salió libre de polvo y paja.

Fraude de subvenciones

En abril de 2020, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) interpuso una querella criminal en contra de cinco ejecutivos de Nova Austral por el delito de obtención fraudulenta de subvenciones, al haber cometido y ordenado la comisión de infracciones de alteración de datos y entrega de información falsa sobre siembra, cosecha y mortalidad al Sernapesca, siendo tercero civilmente responsable la empresa Nova Austral.

Según la querella del CDE, en el desarrollo de su proceso productivo, entre los años 2016 a 2019, -Nova Austral- proporcionó información falsa a SERNAPESCA en relación a la mortandad, siembra, cosecha y abastecimiento del cultivo de salmones, generando una producción excesiva, que ha redundado en un impacto negativo al medio ambiente y que, a mayor abundamiento, ha procurado ocultar a través de la adulteración del lecho marino -por medio del depósito de toneladas de arena para ocultar la situación ambiental-. Junto a lo anterior, ha percibido bonificación por volúmenes de venta superiores a los que lícitamente pudo haber generado a través de la Ley Navarino.

De esta manera, agrega el CDE, “la industria salmonera desarrollada por Nova Austral S.A., se habría llevado a cabo de manera irregular en todos los centros de cultivo activos, particularmente en los Centros Aracena 3, Aracena 10, Aracena 14, Aracena 15, Aracena 19 y Aracena 23, sin perjuicio de que, conforme a la investigación, puedan advertirse hechos verificados en otras instalaciones de esta empresa”.

Si bien hasta la publicación de este reportaje la querella se encontraba en etapa de investigación, resulta evidente que -siguiendo el argumento del CDE- cada evento de sobreproducción trajo consigo un volumen de venta superior al que la empresa pudo haber generado lícitamente, por lo cual todos los subsidios otorgados vía Ley Navarino asociados a esas ventas se habrían obtenido de manera fraudulenta. Así, el listado de centros de cultivo beneficiados de manera ilícita se extendería mucho más allá de los 6 casos que enumera el CDE en su querella -indistintamente de si fueron sancionados o no por la SMA- e incluiría a los centros Aracena 1, Aracena 2, Aracena 4, Aracena 5, Aracena 6, Aracena 9, Aracena 11, Aracena 13, Cockburn 13, Cockburn 14 y Cockburn 23. En algunos centros, incluso en más de una oportunidad entre 2001 y 2022, que es el periodo por el que la empresa se ha beneficiado de este subsidio estatal -el cual equivale al 20% del total de las ventas de la empresa- mientras incurrió en reiteradas sobreproducciones. 

Para aclarar este punto se tomó contacto con el CDE, pero desde el organismo no quisieron referirse al tema señalando que las actuaciones judiciales por las cuales se consulta, tanto en materia penal como medioambiental, son de carácter público y pueden ser consultadas en la plataforma web del Poder Judicial. Al respecto, cabe tener presente que en materia penal los plazos de prescripción de las faltas son más extensos que en el caso de la regulación ambiental, por lo cual algunos casos de los descritos aún podrían ser objeto de querella.

Respuesta de Nova Austral

¿Es posible superar en más de un 50%, 100% o 200% la producción máxima autorizada en sus permisos ambientales sin que la empresa se percate de ello? ¿Por qué Nova Austral decidió no autodenunciarse por estos incumplimientos? Y, por otro lado, ¿cuánto fue el beneficio económico asociado a todas las sobreproducciones, pero también al hecho de recibir una mayor bonificación a través de la Ley Navarino por efecto de haber alcanzado una producción mayor a la autorizada legalmente?

Estas preguntas fueron enviadas a los representantes de la empresa de capitales noruegos, cuya respuesta -que se comparte íntegramente- se limitó a señalar que desde hace cuatro años que Nova Austral cuenta con una administración totalmente renovada que se ha preocupado de corregir procesos y reforzar controles internos para elevar al máximo sus estándares éticos y de cumplimiento, con acciones que incluyen la creación de una gerencia de compliance normativo y la implementación de un canal de denuncias gestionado por una entidad independiente. Estos, y otros importantes esfuerzos operativos, le han permitido a Nova Austral recuperar las certificaciones acuícolas más exigentes de la industria (BAP y ASC), que se otorgan con auditorías externas, y que garantizan una producción de salmones con los mayores estándares medioambientales y de sostenibilidad”.

Lo cierto es que, de acuerdo a los propios datos entregados por el Sernapesca, incluso después del cambio de su plana directiva en 2019, Nova Austral ha continuado incurriendo en casos de sobreproducción, tal como se expuso en esta investigación, y que sumado a un extenso prontuario de incumplimientos ambientales, ha llevado a su actual administración a pedir la reorganización judicial de la empresa en junio del presente año, luego de no lograr acuerdo con sus acreedores para renegociar la deuda que mantiene por cerca de $560 millones de dólares.

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