“Considerando la situación excepcional de escasez hídrica, la Comisión Nacional de Riego podrá permitir la postulación a concursos de la ley Nº 18.450 de embalses de volumen superior a 50 mil metros cúbicos e inferiores a 300 mil metros cúbicos, sin importar la altura de su muro, sin que éstos deban ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental establecido en la ley Nº 19.300 que aprueba la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y sus reglamentos. Los proyectos que no postulen a los concursos de la Comisión Nacional de Riego, pero que sean de la misma naturaleza que los antes mencionados, tendrán las mismas exenciones”.

Esta es la indicación que fue aprobada -con 97 votos a favor, 42 en contra y 4 abstenciones-  por la Cámara de Diputados durante las votaciones de la Ley de Presupuestos 2020. Ha sido criticada por distintos actores sociales, quienes rechazan la votación y que dicen que no es una solución para los problemas hídricos que están presentes en Chile.

Fuente: Cámara de Diputados
Fuente: Cámara de Diputados

Embalses y ecosistemas

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental es un instrumento de gestión ambiental preventivo que permite a la autoridad determinar antes de ejecutar un proyecto si éste cumple con la legislación ambiental vigente, y si se hace cargo de los impactos ambientales significativos. Este procedimiento es obligatorio para los procedimientos susceptibles de causar impacto ambiental, incluyendo, de acuerdo a la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente a los embalses de capacidad superior a 50 mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura. Estas últimas especificaciones están detalladas en el Código de Aguas.

Por lo tanto, con la nueva aprobación, para los embalses de entre 50 mil y 300 mil metros cúbicos, este proceso ya no sería obligación al momento de postular a los concursos públicos de la Comisión Nacional de Riego u otros.

«Esta indicación sólo establece una exención para postular a financiamiento (a concursos de la Comisión Nacional de Riego u otros) pero para su construcción se requerirá siempre de los permisos ambientales obtenidos en el proceso de evaluación en el SEIA», según aclaran desde el Twitter del Ministerio del Medio Ambiente, quienes agregan que «La ley 19.300 establece que los embalses de ciertas características deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y pueden iniciar su construcción sólo en el caso que tengan su Resolución de Calificación Ambiental favorable y esa obligación se mantiene».

Embalse Recoleta ©Eduardo Robles
Embalse Recoleta ©Eduardo Robles

Sobre la importancia de una evaluación ambiental adecuada para la construcción de embalses, Cristián Frêne, científico del Instituto de Ecología y Biodiversidad (IEB) y director ejecutivo de la Red Chilena de Sitios de Estudios Socio-Ecológicos de Largo Plazo (LTSER), explicó a Ladera Sur dice que ésta «nos podría dar cuenta del potencial efecto que podría tener sobre ese ecosistema acuático, pero por otro lado tenemos el impacto que tiene porque al embalsar cambiamos la dinámica del flujo de agua e inundamos, por lo que también tiene un efecto por sobre la tierra (…) Aunque hablan de que son volúmenes menores”.

©Cristian Rivera
©Cristian Rivera

Críticas

Por su parte, Fundación Terram, una organización que busca aportar a la creación de una propuesta de modelo de desarrollo país que incluya, dentro de otros factores, justicia ambiental, resguardo de la naturaleza y cuidado del entorno, también criticó la medida: “Este tipo de `soluciones´ debiesen ir en retroceso. Los impactos a nivel ecosistémico de los embalses solo vendrán a agudizar la crisis climática y ecológica que se experimenta en gran parte del territorio nacional (…) Sin ordenamiento territorial ni criterios que gestionen la disponibilidad de agua, este tipo de iniciativa solo provocará su uso indiscriminado, en un sector que, de partida, no es evaluado ambientalmente. El aumento de los terrenos cultivables, que serían propiciados por los nuevos volúmenes de agua disponibles, solo vendrá a amplificar la sustitución de vegetación nativa y el deterioro de los suelos, alterando la capacidad de los ecosistemas para almacenar agua”.

Sobre los procedimientos del Sistema de Evaluación ambiental, Frêne puntualiza que son importantes porque, además de la evaluación inicial, establecen un seguimiento. “Se genera una serie de requisitos como mantener un monitoreo constante, y hay cuestiones que permiten conocer como fluctúan los niveles del embalse, como se comporta, la cantidad de sedimentos y por otro lado, el impacto que una vez construido esta obra puede generar por ejemplo, para la flora y la fauna local”.

¿Solución a la escasez hídrica?

El invierno de 2019 fue de los más secos en los últimos 70 años, según la Dirección Meteorológica de Chile. A esto se suman las declaraciones del ministro de Agricultura, Antonio Walker, quien aseguró que estamos ante “la sequía más grande de la historia” en Chile. Este es justamente el contexto que se le da a la indicación aprobada en el Congreso: “la situación excepcional de escasez hídrica”.

©Scarlett Araya
©Scarlett Araya

Sobre este punto, desde Fundación Terram aseguran: “Si el argumento esgrimido por el gobierno para introducir esta modificación es la situación excepcional de escasez hídrica y la necesidad de agilizar la construcción de embalses, la propia Ley Nº19.300 y el Reglamento del SEIA-artículo 67- contemplan un procedimiento con plazos abreviados frente a la calificación de urgencia de Estudios de Impacto Ambiental, cuando estos se refieran a proyectos o actividades que deben ser implementados de manera urgente para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas”.

Consultado por Ladera Sur si es que efectivamente un embalse ayuda a la escasez hídrica, el científico del IEB, Cristián Frêne, respondió que al ser una obra que ayuda a retener agua en el paisaje, desde el punto de vista de palear la escasez hídrica la respuesta es positiva. “Efectivamente es una medida, dentro de las muchas que se pueden implementar, que ayudarían a mantener más tiempo el agua en el territorio. Lo que tenemos hoy día es que nuestros ecosistemas están siendo degradados y destruidos, por lo tanto la capacidad natural del ecosistema de almacenar agua se ha perdido. Por lo tanto, un embalse, viene a suplir solo en parte porque no puede hacer el mismo trabajo, pero viene a suplir en parte el problema de retener el agua en el ecosistema y que no se nos vaya directamente al mar”.

©Guille Damke
©Guille Damke

A esto el científico agrega que hay que prestar atención a la zona en la que se construyen los embalses. “En general, lo que vemos es que la mayor necesidad de embalses está en la zona centro de Chile. Centro y centro norte. Lo que estamos observando por los datos meteorológicos -principalmente de precipitaciones- es que cada vez está lloviendo menos, por lo tanto hay que preguntarse con qué agua se van a llenar esos estanques. Porque si tenemos un déficit de lluvia, que este año ha sido realmente alarmante, estamos hablando de este año 70% o hasta 80% de déficit de lluvia con respecto a un año normal, vamos a tener esta situación donde vamos a tener grandes obras de infraestructura, con todos estos impactos y eventualmente esos embalses no se van a poder llenar”, explicó.

Denuncias de inconstitucionalidad

Desde Fundación Terram aseguran que la indicación es inconstitucional porque no debiese ser incluida dentro de la Ley de Presupuesto: “nada tiene que ver con los ingresos y gastos del sector público, lo que resulta abiertamente inconstitucional. Así lo ha afirmado el propio Tribunal Constitucional en su sentencia rol N° 4118-17, en la que señaló que: `es contrario a la letra y espíritu de la norma contenida en el artículo 67 de la Carta Fundamental, introducir regulaciones permanentes en una normativa especial como lo es la referida a la ley de presupuestos, que, por su especial naturaleza jurídica, sólo puede normar materias presupuestarias y de gastos´”.

En este contexto, el diputado Diego Ibañez (CS) aseguró que están redactando un escrito para el Tribunal Constitucional, acusando esta aprobación como una falta grave. “Tenemos plazo de cinco días y la próxima semana estaremos ingresando el requerimiento”, dijo.

*Hasta la publicación de este artículo, En Ladera Sur nos intentamos comunicar con diputados que votaron a favor de esta indicación, pero según lo que nos han contestado, no han estado disponibles por las votaciones en Cámara de la última semana. Actualizaremos en caso de respuesta.

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