Opinión| Nueva planta desalinizadora en la Bahía de Quintero: y la regulación, ¿para cuándo?
Durante abril, pescadores artesanales de Quintero y Puchuncaví se tomaron las obras de una futura planta desalinizadora en la zona, buscando visibilizar un convenio previo de la empresa, así como las consecuencias del proyecto para los ecosistemas marinos. Frente a esta situación, Elizabeth Soto Muñoz, bióloga marina de la Fundación Terram, comparte esta columna de opinión, donde abarca la ausencia de regulación y normativa en proyectos de desalinización de agua de mar como un tema alarmante, sobre todo en medio de la sequía y el cambio climático. Entre otras cosas, explica la urgencia de un marco regulatorio que reduzca los impactos ambientales y defina límites en la localización de desalinizadoras, además de incluir la evaluación conjunta de los proyectos y sus efectos en el ambiente marino.
El 17 de abril pasado, pescadores artesanales de seis sindicatos de las comunas de Quintero y Puchuncaví, se tomaron las obras de la construcción de la futura planta desalinizadora de la empresa Aguas Pacífico, el mismo día que el Comité de Ministros por la Sustentabilidad aprobara de forma unánime el proyecto Los Bronces Integrado de la compañía minera Anglo American, expansión del proyecto del mismo nombre que extiende su vida útil hasta el año 2036. Con esta ocupación de 48 horas, el gremio quiso visibilizar que solo unos meses antes, en noviembre de 2022, ambas empresas firmaron un convenio para abastecer con agua desalada a dicha minera, a partir del año 2025, además de poner de relieve los nocivos efectos que tendrá la ejecución de este proyecto para los ecosistemas marinos.
Es menester recordar que el proyecto Aconcagua de Aguas Pacífico, cuyo objetivo principal es “la construcción y operación de una Planta Desalinizadora de 1.000 l/s de producción de agua para uso industrial y/o potable a partir de agua de mar, para su venta a terceros”, fue presentado en el año 2017 a través de Estudio de Impacto Ambiental como “emisario submarino”, pues dentro de las tipologías de ingreso de proyectos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) no existe la denominación de “plantas desalinizadoras”, lo cual ha dejado a criterio del titular bajo qué figura ingresa al SEIA.
Este vacío regulatorio se ha prolongado en el tiempo y a través de distintos gobiernos, donde ninguno – a la fecha- ha realizado acciones suficientes que modifiquen de manera sustantiva la desregulación en la cual se mantienen este tipo de proyectos.
En un intento por entregar directrices y dado el aumento que han tenido las plantas desaladoras a causa de la megasequía que se prolonga por más de una década en nuestro país, es que la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) elaboró una «Guía sobre lineamientos técnicos mínimos para evaluación ambiental de proyectos industriales de desalación», la cual fue aprobada por el Ordinario N° 12600/05/1447 de 15 de noviembre de 2021. Sin embargo, la resolución que aprobó esta guía fue posteriormente revocada, pues el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) a través del Instructivo N°20239910266, de fecha 18 de enero de 2023, estableció su rectoría técnica exclusiva y excluyente en materias de evaluación de impacto ambiental. El SEA, consecutivamente, publicó una “Guía para la Descripción de Proyectos de Plantas Desalinizadoras en el SEIA”, en marzo de 2023, en el que entrega lineamientos específicos con el propósito de unificar criterios, antecedentes y requisitos en la descripción de proyectos de plantas desalinizadoras.
Por su parte, a nivel legislativo, en el Congreso Nacional siguen “durmiendo” las cuatro iniciativas -todas parlamentarias- que han pretendido dar un marco regulatorio a estos proyectos, siendo el más reciente el “Proyecto de ley Sobre uso de agua de mar para desalinización” (Boletín N° 11.608-09), el cual se encuentra sin movimientos por más de un año en el Senado.
La necesidad de un marco regulatorio para la desalación de agua de mar no es antojadiza, y se condice con los potenciales impactos que esta actividad industrial puede tener sobre los ecosistemas marinos. Los sistemas de captación de agua de mar pueden arrastrar, dañar, capturar y matar organismos marinos vivos, especialmente a aquellos que forman parte del plancton y que sustentan la base de la vida de los océanos, así como de las principales pesquerías comerciales. Los sistemas de descarga, en tanto, pueden eliminar al mar altas cantidades de salmuera (solución hipersalina), y de productos químicos y metales, los cuales pueden afectar negativamente a organismos marinos altamente sensibles a las variaciones de salinidad en su medio ambiente, en especial a aquellos que forman parte del bentos (organismos que habitan el fondo marino) y que son importantes recursos para la pesca artesanal.
Es por esta razón, que resulta especialmente preocupante la inexistencia de un marco regulatorio para las plantas desalinizadoras en el contexto de escasez hídrica que enfrenta el país y que proyecta prolongarse en el tiempo como efecto del cambio climático, y que incrementará cada vez más la presentación de este tipo de proyectos. Es más, lo anterior no se condice con la “política turquesa” ni con un “gobierno ecológico” la inacción frente a esta materia, que puede tener efectos negativos sobre los ecosistemas marinos, ni tampoco se hace cargo de la injusticia ambiental en la Bahía de Quintero, donde las cargas y beneficios se han distribuido inequitativamente a lo largo de la historia del Complejo Industrial Ventanas (CIV). En efecto, y tal como lo estableció el Proyecto Tayú de Fundación Terram -financiado por la Unión Europea- en discusiones junto a la comunidad, existe una difusa repartición de los beneficios generados en el CIV, mientras que los costos ambientales son soportados por la población de estas comunas, sobre todo de los habitantes en situación de vulnerabilidad. La planta desalinizadora de Aguas Pacífico no es la excepción: de los 1.000 L/s de agua desalada, 500 L/s serán destinados a las instalaciones de minera Los Bronces en la comuna de Lo Barnechea, y otro tanto a las poblaciones de Til Til y Colina, ambas en la Región Metropolitana.
Desde Fundación Terram hacemos un llamado al actual Gobierno para que ponga urgencia a la creación de un marco legal específico para las plantas desalinizadoras, con especial atención en minimizar los potenciales impactos ambientales sobre el ambiente marino, el tipo de tecnologías de desalación, y el destino de las aguas desaladas, entre otros aspectos. A su vez, se requiere avanzar en un adecuado ordenamiento de la zona costera, que permita establecer un número limitado de desaladoras por región, y donde se contemplen todas las actividades que se realizan en una determinada bahía o espacio costero-marino, así como la evaluación colectiva de los proyectos y sus impactos ambientales, considerando de manera efectiva la afectación que produce la sumatoria de actividades que se realizan en una determinada zona y no la de cada proyecto por separado.