Durante la noche del 09 de julio de 2021, incendiaron el vehículo de la madre de Verónica Vilches, dirigenta del Movimiento de Defensa del Agua, la Tierra y la Protección del Medioambiente (Modatima), y presidenta del comité de Agua Potable Rural (APR) de la localidad de San José (Petorca). Casi un mes antes, el 07 de junio, recibió una grave amenaza: “Muerte a Verónica Vilches», mensaje que desconocidos ya habían dejado en la caseta del sistema APR que lidera, en febrero de este año. Ante la denuncia de este último hecho, según Amnistía Internacional, “no hay novedades con respecto a la investigación que está en la Fiscalía local”.

cl.boell.org
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En lo que va de 2021, Verónica no ha sido la única víctima de violencia hacia personas que protegen el medio ambiente en Chile. También está Marcela Nieto, enfermera y defensora socioambiental de Quintero y Puchuncaví, quien hizo públicas los hostigamientos que comenzó a vivir el 02 de julio.  La enfermera recibió varias llamadas telefónicas, en donde “las personas del otro lado me respondían puras groserías. Esto fue subiendo de tono cada vez más hasta que terminaron insultándome con insultos netamente misóginos”, situación que llegó a tal punto que, incluso, un hombre la amenazó de muerte. “Yo quedé con una sensación de inseguridad. La verdad es que ahora yo temo por mi vida”, expresó Marcela.

Así, estas acusaciones más recientes se suman al amplio historial de persecuciones y ataques hacia quienes abogan por la naturaleza en Chile, múltiples voces que delatan un continuo estado de vulnerabilidad en el país. Un complejo contexto local inserto en un panorama global, el que demuestra una sostenida desprotección hacia el trabajo ejercido por este grupo de personas, lo cual es constatado en el último informe de la ONG Global Witness. Según el documento, en 2020 se alcanzó el récord de 227 asesinatos de protectores/as de la tierra y el medioambiente, convirtiendo a este año “en el más peligroso” dentro de los registros de la ONG. Además, evidencian que América Latina es la zona más insegura para las y los activistas ambientales, pues concentró tres cuartas partes de los ataques letales.

En relación a lo anterior, la organización Front Line Defenders grafica rotundamente la riesgosa realidad para este sector de la población: al menos  331 defensores/as de derechos humanos fueron asesinados/as en 2020, de los cuales el 69% accionaba a favor de los derechos de los pueblos indígenas, el derecho a la tierra y el medio ambiente.

©Martín del Río
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Es por eso que hoy resulta imprescindible contar con políticas públicas y una sólida legislación en Chile que proteja a quienes luchan por defender la naturaleza, sobre todo considerando que, desde febrero de 2020, se contabilizan en el país al menos 127 conflictos socioambientales en distintos estados y los impactos de la crisis climática se intensifican en los ecosistemas y las personas.

En esta línea, el actual contexto político chileno en miras de una nueva Constitución, al igual que la implementación de otros instrumentos jurídicos como el Acuerdo de Escazú, podrían cimentar un mejor futuro para la labor llevada por Verónica, Marcela y cientos de ciudadanos/as en todo el territorio, garantizando el respeto por sus derechos humanos, así como el acceso y cumplimiento de la justicia ambiental.

La justicia ambiental chilena a la balanza

“Las denuncias que se han puesto en Fiscalía no llegan a buen término, siempre terminamos en lo mismo, a que no haya asistencia”, relata Lorena Donaire, vocera nacional de Mujeres Modatima y candidata a diputada por el Distrito 6, quien se refiere a las veces que ha denunciado la violencia sufrida producto de su activismo, principalmente por el agua en Petorca.

Dentro de los episodios de ataque, Lorena cuenta que a su casa han entrado siete veces y que a fines de 2019 “intentaron secuestrar a mi hija mayor”. Para ella, sobrellevar estas situaciones no ha sido fácil, “pero ha sido más difícil vivir la crisis hídrica en primera persona, perder nuestro territorio y el río a tan temprana edad. A los catorce años fue la primera experiencia de este brutal modelo, cuando entregan el río, donde nos bañábamos y hacíamos nuestra vida, a un empresario de la palta”, comenta.

Según Global Witness las mujeres enfrentan un doble desafío la lucha para proteger su tierra, agua y planeta, y la defensa de su derecho a manifestarse dentro de sus comunidades y familias. Cortesía Lorena Donaire
Según Global Witness las mujeres enfrentan un doble desafío la lucha para proteger su tierra, agua y planeta, y la defensa de su derecho a manifestarse dentro de sus comunidades y familias. Cortesía Lorena Donaire

Su experiencia se une a la vasta lista de otros casos en los cuales el cruce de los derechos de las comunidades, los recursos naturales y proyectos de inversión resultan en situaciones controversiales. Por ello se hace necesario aplicar a través de políticas, legislaciones o instrumentos de gestión la justicia ambiental, descrita en una publicación del Anuario de Derechos Humanos 2020 como “la distribución equitativa de las cargas y beneficios ambientales entre todas las personas de la sociedad, considerando en dicha distribución el reconocimiento de la situación comunitaria y de las capacidades de tales personas y su participación en la adopción de las decisiones que los afectan”.

En Chile han existido avances en el acceso y materialización de este enfoque, pues tras las sugerencias de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la publicación de Ley Nº 20.417 en el 2010, se crea la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la cual cumple un rol fiscalizador y de sanción sobre los instrumentos de gestión ambiental vigentes en el país (Ley 19.300), tales como, las Resoluciones de Calificación (RCA), Normas de Emisión, Normas de Calidad y Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, entre otros. Además, la nueva institucionalidad se completó con la constitución de los Tribunales Ambientales (TA) en 2012, los que tienen diversas competencias, tales como atender las reclamaciones que se interpongan en contra de resoluciones de la SMA, y resolver las demandas por daño ambiental que se interpongan.

Además, desde 1997 funciona el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el cual permite a la autoridad determinar antes de la ejecución de un proyecto si este cumple con la legislación ambiental vigente y si se hace cargo de los potenciales impactos ambientales significativos.

En 2020 más de un tercio de los ataques fatales fueron dirigidos a integrantes de pueblos indígenas, según Global Witness. Foto de intervención lumínica en Pilmaiken, por la defensa del agua y las comunidades Mapuche Williche. Cortesía Delight Lab
En 2020 más de un tercio de los ataques fatales fueron dirigidos a integrantes de pueblos indígenas, según Global Witness. Foto de intervención lumínica en Pilmaiken, por la defensa del agua y las comunidades Mapuche Williche. Cortesía Delight Lab

Aunque estas instituciones se han configurado como espacios que, en general, fortalecerían la democracia al incluir de distintas maneras la participación de las personas en las decisiones ambientales, según un informe publicado por Espacio Público en 2018, la SMA se encuentra al debe en cuanto a entregar una respuesta oportuna a las preocupaciones ciudadanas. En 2016, el 14% de las denuncias dieron origen a procedimientos sancionatorios, mientras que el 86% restante se encuentra en evaluación o fueron archivadas. Por otro lado, el estudio arrojó que los “denunciantes más que ser parte en los procedimientos que lleva adelante la SMA, son sujetos de notificación y tienen un rol pasivo”, y que “las competencias del TA no permiten canalizar temáticas sustantivas de la conflictividad socioambiental, como lo son: aguas, agricultura y forestales, pesca, concesiones, áreas protegidas, etc.”.

Francisco Astorga Cárcamo, abogado y director de ONG Defensa Ambiental, considera que los estándares de la justicia deben ser mejorados y califica como “deficiente” la evaluación ambiental en el país. En este sentido, propone que el Estado tenga una línea de base propia del medioambiente, es decir, que disponga de información científica y sistemática sobre los recursos naturales (por ejemplo, cuánta es el agua que hay, calidad de aire, estado de la flora y fauna), para así evitar que los proyectos que son sometidos al SEIA se evalúen en base a los datos que la misma compañía entrega, lo cual podría generar conflictos de conveniencia. “El sistema opera bajo la creencia de que toda la información que las empresas aportan como línea de base es verídica”, agrega Francisco.

En cuanto a la incapacidad de la SMA de hacerse cargo de las denuncias ingresadas, el abogado explica un punto importante: “Tienen muy pocos fiscalizadores, porque tienen muy poco presupuesto y no tienen capacidad para contratar al personal necesario y adecuado para realizar una fiscalización en todo el territorio nacional”.

Siguiendo las conclusiones del estudio de Espacio Público, otros hallazgos fueron que los tribunales ambientales tienen como principales usuarios a los titulares de proyectos y que “existe una asimetría de acceso a recursos entre las partes, ya que la asesoría técnica o legal no se encuentra garantizada y depende de recursos fundamentalmente económicos”. Esto refleja una acentuada brecha de accesibilidad que afecta a la sociedad civil frente a la capacidad monetaria de las empresas. Por esto, Astorga postula que debiese existir una defensoría pública enfocada en estos temas, con el fin de facilitar la asesoría y protección jurídica para la ciudadanía.

Intervención lumínica sobre la Termoeléctrica de Ventanas. Cortesía Delight Lab
Intervención lumínica sobre la Termoeléctrica de Ventanas. Cortesía Delight Lab

En consecuencia, tales procedimientos legales en opinión del constituyente por el pueblo Aymara, Luis Jiménez, debiesen ser rápidos, gratuitos, eficaces y con jueces que puedan acoger los planteamientos en clave intercultural y feminista.

Luis también es abogado especialista en derechos de pueblos indígenas y del medio ambiente, y desde su óptica es necesario aplicar un nuevo enfoque: “Pasar de una mirada antropocéntrica a una ecocéntrica, en que la protección ambiental y de la naturaleza no solo sea vista subordinada a la protección de los derechos humanos del individuo”, apuntando directamente al reconocimiento de la naturaleza como un ser sintiente y viviente.

Justicia socioambiental en la nueva Constitución

En cuanto a las modificaciones que se deberían plasmar en la próxima carta fundamental chilena, Francisco precisa que es fundamental “la implementación de un servicio autónomo, con patrimonio propio, que se encargue de velar tanto por la seguridad de las y los defensores, como de las mismas litigaciones y conflictos judiciales de las comunidades”.

Por su parte, el constituyente por el pueblo Aymara señala que debiese establecerse un poder judicial para fortalecer la investigación de los procesamientos de los delitos que se le atribuyen a las y los defensores/as, para así evitar el uso indebido del derecho penal. Otro punto trascendental sería impulsar “una educación que enseñe que los defensores ambientales no estamos contra el desarrollo, que es un estigma que se usa en nuestra contra. Cualquier modelo de desarrollo debe ser respetuoso del medio ambiente y de los derechos de la naturaleza, no puede uno estar subordinado al otro”.

Para Lorena los cambios constitucionales esenciales se vinculan con la inclusión de las cosmovisiones de los pueblos y sus conocimientos tradicionales en el desarrollo, al igual que la perspectiva de género, el impulso del decrecimiento, la tipificación del ecocidio y, sobre todo, hacer del agua un derecho humano y bien común. “Creo que debemos avanzar hacia una mirada ecológica, una mirada del buen vivir, una mirada que resguarde la naturaleza como sujeto de derechos”, afirma.

La postura anterior es compartida por Carolina Vilches, constituyente por el Distrito 6 y activista de Modatima Petorca, quien detalla que dentro del grupo de constituyentes que son defensores de la naturaleza se están organizando para la integración de comisiones. No obstante, los temas de las mismas no están definidos, por tanto, el orden y lugar que ocupará la discusión sobre la protección de personas que resguardan la naturaleza aún no está claro.

En cuanto a la viabilidad de plasmar los cambios estructurales que aboguen por el activismo ambiental, la constituyente se muestra optimista y comenta que cada vez se suman más voluntades dentro del órgano redactor. “Hay un grupo importante que levanta el feminismo, que entiende que hay una raíz patriarcal en todo esto, entonces, yo sumaría a todos los eco-constituyentes, a las mujeres y hombres que se han levantado como feministas (…) hoy en día también las agrupaciones de personas van a ser más por temáticas”.

Si bien son variados los ejes a trabajar en la próxima Constitución, para fortalecer la labor de ciudadanos/as que defienden el medioambiente, las y los entrevistados identifican una directriz común para garantizar una mayor dignidad y protección para estas personas y el planeta: el Acuerdo de Escazú.

Más que otro papel firmado

El Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe -mejor conocido como Acuerdo de Escazú- se adoptó en Costa Rica el 4 de marzo de 2018, después de dos años de reuniones preparatorias (2012-2014) y nueve reuniones del Comité de Negociación establecido en 2014. Cabe destacar que esta última etapa se extendió hasta 2018 y fue liderada por Costa Rica y Chile.

¿Qué implicancias tiene este nuevo acuerdo? Es el primer instrumento internacional en regular la situación de los defensores ambientales. Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), su objetivo es garantizar el “acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.

En 2020 movimiento Escazú Ahora Chile entrega carta al Presidente Piñera, firmada por más de 30.000 personas y 450 organizaciones, solicitando la adhesión al Acuerdo de Escazú. Cortesía Sebastián Benfeld
En 2020 movimiento Escazú Ahora Chile entrega carta al Presidente Piñera, firmada por más de 30.000 personas y 450 organizaciones, solicitando la adhesión al Acuerdo de Escazú. Cortesía Sebastián Benfeld

El documento está compuesto por 26 artículos y,  particularmente, el número 9 sobre “Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales” establece que “cada parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad”.

El coordinador de la campaña nacional «Escazú Ahora Chile», Sebastián Benfeld, recalca que este instrumento significa un piso básico, “un mínimo que garantiza derechos fundamentales para todas las personas y que hoy no se están respetando”.

El convenio entró en vigor el 22 de abril de 2021, tras la ratificación de 12 países de América Latina y el Caribe. Sin embargo, Chile, uno de los estados impulsores de esta alianza, rechazó ser parte.

En 2020, la administración de Sebastián Piñera juzgó como “inconveniente” la suscripción al pacto, argumentando que “atendida la ambigüedad y amplitud de sus términos, su eventual autoejecutabilidad y la obligatoriedad de sus normas que prevalecerían por sobre la legislación medioambiental interna, todo lo cual generará una creciente judicialización de los procedimientos ambientales y, planteará un cuadro global de grave incertidumbre jurídica. Además, el Acuerdo expone al país a demandas ante Tribunales Internacionales por problemas de interpretación de estas nuevas regulaciones”.

Desde el punto de vista del director de la ONG Defensa Ambiental, las justificaciones del Gobierno son “irrisorias”, ya que la generación de conflictividad o litigación ambiental  “va a pasar haya o no Acuerdo de Escazú, porque las personas tienen derecho a reclamar sobre aquellas actividades que consideren han sido mal realizadas o ilegales”, agregando que ante el postulado de pérdida de soberanía ello sería “falso” y que “no se condice con el resto de políticas que  la actual administración ejecuta (…) intentaron que Chile se suscribiera al TPP 11 (Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico), el que efectivamente va a reducir la soberanía del país y sí va a generar conflictos legales y de interpretación tremendos, y eso nunca les importó para no firmar el TPP 11”.

Por estos días, la campaña coordinada por Sebastián está enfocada en conseguir la mayor cantidad de suscripciones con candidatos/as al Congreso y la presidencia, para así comprometerles a que en el caso de salir electos/as, firmarán y ratificarán con celeridad el Acuerdo de Escazú, posibilitando que Chile sea parte de la próxima instancia decisiva del pacto: la primera Conferencia de las Partes a realizarse a más tardar en abril del 2022.

“Nuestra última línea de defensa”

Desde hace décadas la protección ambiental efectuada por millones de personas en Chile y otras latitudes ha sido reconocida, basta nombrar por ejemplo el artículo 23 de la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982: “Toda persona, de conformidad con la legislación nacional, tendrá la oportunidad de participar, individual o colectivamente, en el proceso de preparación de las decisiones que conciernan directamente a su medio ambiente y, cuando éste haya sido objeto de daño o deterioro, podrá ejercer los recursos necesarios para obtener una indemnización”.

@Fundación Terram
@Fundación Terram

No obstante, como se ha visto, esta legítima labor también levanta a nivel planetario preocupación por los crecientes niveles de ataques, graves afectaciones que particularmente sufren las mujeres, tal como lo expone el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2019 al expresar “especial preocupación por la discriminación y la violencia sistémicas y estructurales que sufren las defensoras de los derechos humanos de todas las edades, incluida la violencia sexual y de género”.

No obstante, la creación de la futura Carta Magna y el Acuerdo de Escazú se posicionan como potentes vías para garantizar dignidad, participación y justicia a aquellos/as que actúan en la conservación de la naturaleza. No obstante, el resguardo integral no se limita a los dos mecanismos nombrados, es así que el informe Global Witness 2020 recomienda a los Gobiernos que deroguen la legislación utilizada para criminalizar a este grupo de personas, además los insta a “investigar y enjuiciar a todos los actores involucrados en la violencia y otras amenazas contra las personas defensoras”.

Por último, basado en el mismo informe citado, al mundo empresarial se le aconseja que  publiquen e implementen “sistemas efectivos de diligencia debida para identificar y prevenir daños a los derechos humanos y al medio ambiente a lo largo de sus cadenas de suministro y operaciones; adoptar e implementar una postura de tolerancia cero frente a represalias y ataques contra personas defensoras de la tierra y del medio ambiente; y ofrecer reparación cuando se produzcan daños y perjuicios a los derechos humanos y al medio ambiente”.

Por ello, hoy es imperativo concretar los cambios mencionados ante la crisis ambiental y el objetivo de construir sociedades más sostenibles, dignas y justas, puesto que como ha dicho Global Witness “las personas defensoras son nuestra última línea de defensa contra el colapso climático y podemos alegrarnos del hecho de que incluso después de décadas de violencia la gente persista en la defensa de su tierra, de nuestro planeta. En cada historia que desafía al robo y acaparamiento de tierras por parte de las empresas, a la contaminación mortal y el desastre ambiental, hay esperanza de que podemos cambiar el rumbo de esta crisis y aprender a vivir en armonía con el mundo natural. Pero mientras no lo logremos, la violencia continuará”.

 

Este trabajo fue producido en marco del proyecto Cambio Climático y Nueva Constitución de FES ChileClimate Tracker y ONG FIMA.

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