Desde que en 1972 el ex presidente de Argentina Juan Domingo Perón problematizara el discurso del sistema imperante de expansión económica a costa de la contaminación del medio ambiente, la explotación indiscriminada de recursos naturales y la sobre estimación de la tecnología -con los correspondientes efectos que dichas cuestiones producen sobre la biosfera- hasta la actualidad en que esas ideas siguen aún vigentes, lo relativo a la protección de la naturaleza es algo que ha venido con el tiempo cobrando mayor relevancia.

Gracias a Perón, cada 18 de octubre se conmemora el día mundial de la protección de la naturaleza, como un recordatorio de que el cuidado del mundo en el que vivimos es tarea de todas y todos. Actualmente, dicho llamado se inserta en un contexto de discursos negacionistas del cambio climático, de poca valoración e incluso ridiculización de la importancia de la biodiversidad y de una visión de la naturaleza como algo ajeno a nosotros, que lejos de constituir un aporte a un objetivo común configuran verdaderas barreras ideológicas carentes de fundamentación. Así, herramientas como el Acuerdo de Escazú se tornan indispensables para propender a una mayor y efectiva protección de la naturaleza.

El Acuerdo de Escazú es un tratado internacional que surge para materializar lo ya dispuesto en el artículo 10 de la Convención de Rio de 1992 el cual reconoce que el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, así garantiza el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicIa en asuntos ambientales, abordando también otras materias entre las que están el establecimiento de garantías para los defensores ambientales. Chile es parte del Acuerdo desde septiembre de 2022, luego de ser aprobado por el Congreso y depositado el instrumento de adhesión. 

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Acuerdo de Escazú Colombia, foto: CEPAL

La situación de los estándares en participación, acceso a la información y justicia en el ámbito ambiental en Chile es problemática. Si bien contamos con una ley de acceso a la información, en reiteradas ocasiones la entrega de la misma se ve entorpecida por cuestiones de índole administrativo que terminan por diluir el efecto que podría tener contar con esa información oportunamente [1]. En cuanto a la participación en asuntos ambientales un punto importante es que a pesar de estar tramitándose una reforma a la Ley 19.300 en ninguna propuesta, ya sea del ejecutivo o parlamentarios, está la incorporación de la participación ciudadana obligatoria en procesos de evaluación ambiental ingresados vía declaración de impacto ambiental (DIAs). En la misma línea, lo aprobado en la mega reforma pretendía limitar considerablemente el acceso a la justica ambiental al establecer requisitos improcedentes para terceros que no participaron del proceso de evaluación, cuestión que fue declarada inconstitucional por el TC [2].

Sobre la situación de los defensores ambientales en Chile, durante el año 2025 se registraron 72 agresiones contra 67 personas defensoras del medio ambiente, lo que representa un aumento del 148% en comparación a los datos recabados el año anterior [3]. Además se evidenció una concentración de 55,2% casos en agresiones a mujeres, dando cuenta de la brecha de genero existente en esta materia [4]. A lo anterior se suma la poca importancia que se le ha dado al Proyecto de Ley Boletín N°16.866-12 que busca reconocer y otorgar protección jurídica a los defensores ambientales. 

Finalmente, en el Proyecto de Presupuesto 2027 ingresado por el ejecutivo a principios de este mes no aparece una mención explícita al Acuerdo de Escazú ni una asignación específica para su implementación, distando claramente de la tónica desde la ratificación del Acuerdo en que se habían venido estableciendo fondos para su aplicación. En el mismo presupuesto, en lo que se refiere a naturaleza, se dejó en cero varias glosas presupuestarias, evidenciando así una posición clara sobre la importancia que se le atribuye a esta.

COP3 Escazú. Foto por Pcartes (WMCL)
COP3 Escazú. Foto por Pcartes (WMCL)

En la intervención citada en el comienzo, el ex presidente Perón hacia un llamado a revertir la dirección de la marcha suicida a través de una acción mancomunada internacional. Cabe por lo tanto preguntarse si apuntan en el mismo rumbo los antecedentes expuestos que evidencian una clara distancia entre lo pretendido a través de la ratificación del Acuerdo de Escazú y lo que efectivamente sucede en los hechos, con la gestión diaria de las regulaciones ambientales. 

Hace ya un tiempo la protección de la naturaleza dejó de ser una preocupación de un pequeño grupo de personas y se tornó una tarea ineludible para cada uno de nosotros, razón por la cual es imperativo no desaprovechar una herramienta como lo es el Acuerdo de Escazú en este ámbito. 

COP3 Escazú. Foto por Dario Cuellar Arellano
COP3 Escazú. Foto por Dario Cuellar Arellano

[1] https://www.terram.cl/diario-financiero-corte-suprema-ratifica-caracter-publico-de-datos-de-cosecha-salmonera-tras-litigio-de-la-industria-con-fundacion-terram/

[2] El fallo del TC declaró inconstitucional la expresión “que no hayan sido evaluados” respecto de la posibilidad de reclamar a los terceros absolutos de la aprobación de una RCA.

[3] Informe Anual – Situación de las personas defensoras ambientales en Chile durante el 2025- Fundación Escazú Ahora. p. 6.

[4] Ibid.

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