No cabe duda de que la relación del humano con los seres que lo rodean nos ha llevado a múltiples crisis, incluyendo la pandemia producida por el Covid-19, la emergencia climática y el declive de la biodiversidad. Frente a estos desafíos, varios países alrededor del mundo, como Ecuador, Colombia y Nueva Zelanda han reconocido los derechos de la naturaleza en su normativa a través de distintos instrumentos legales y normativos, mientras que en Chile, diferentes colectivos han acariciado esta idea, la cual volvió a ser parte de la opinión pública ante la posibilidad de redactar una nueva constitución.

Aconcagua ©The Wild Andes
Aconcagua ©The Wild Andes

El reconocimiento de los derechos de la naturaleza es una idea que busca que se le considere como sujeto y no objeto, comprendiendo que el ser humano es uno más entre un sinnúmero de otros seres, donde cada uno tiene derecho a vivir y ser respetado. Pero, ¿qué tan factible es que esto se concrete?

Cristina Dorador, miembro de la convención constituyente y doctora en Ciencias Naturales, señala: “La idea de consagrar los derechos de la naturaleza es importante porque pone la discusión sobre preservación de la naturaleza a un nivel alto, estos derechos deben ejecutarse para lo cual también es importante que existan instancias de información, justicia y participación. Quizás uno de los mayores desafíos es entender que ya no podemos seguir obviando que la existencia humana está íntimamente ligada a la naturaleza, por lo mismo debe haber mecanismos y posturas jurídicas que permitan que está relación se reconozca. La naturaleza requiere ser respetada, reparada y restaurada.”

Futaleufú ©Rocio del valle
Futaleufú ©Rocio del valle

En tanto, Florencia Ortúzar, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), añade: “La concepción de la naturaleza como sujeto de derechos, reconociendo su valor intrínseco y en sí mismo, es indudablemente más acertada que la visión de la naturaleza como un bien apropiable cuyo valor está solo asociado al servicio humano. No creo que consagrar los derechos de la naturaleza en la Constitución vaya a solucionar nuestros problemas ambientales de un día para otro, no sucedió en otros países que ya lo intentaron. Habiendo dicho eso, sí creo que vale la pena intentarlo, pues es un gran avance en la forma de entender el mundo que aporta al cambio cultural que necesitamos.”

Alrededor del mundo, existen 29 países que consagran derechos de la naturaleza a través de instrumentos y normativas legales. No obstante, un hito en la humanidad fue la Constitución del año 2008 de Ecuador, el primer país en el mundo en reconocer constitucionalmente los derechos de la naturaleza.

La carta magna ecuatoriana fue redactada por la Asamblea Nacional Constituyente para reemplazar la antigua Constitución de 1998, inspirándose en la noción clásica de la naturaleza y en la visión de los pueblos indígenas sobre la Pachamama y el “Buen Vivir” o Sumak kawsay. En su artículo 71 reza que la Naturaleza o Pachamama “tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”.

A esto se suman otros casos, como la Ley de los Derechos de la Madre Tierra, aprobada en Bolivia en el año 2010, donde se reconoce los derechos de la Madre Tierra, y estipula las obligaciones y deberes del Estado plurinacional boliviano, así como de la sociedad, para garantizarlos. Así mismo existen casos puntuales como  Colombia, India y Nueva Zelanda, quienes han reconocido ríos importantes como sujetos de derecho a través de fallos judiciales.

Bosque Nativo -Travesía Pratt ©David Cossio.
Bosque Nativo -Travesía Pratt ©David Cossio.

“Hay muchas preguntas que se formulan a propósito de la posibilidad de reconocer los derechos de la naturaleza, y que son preguntas muy legítimas que debieran que ser abordadas desde el punto de vista de la discusión que exista en la convención. Hay que tener  en claro que en el derecho muchas entidades no humanas han sido reconocidas como sujetos de derechos durante la historia, incluso al día de hoy tenemos una interacción como sujetos con  sociedades, empresas y con el mismo Estado. Hay ciertas entidades no humanas a las que les reconocemos ciertos derechos” señala Ezio Costa, director ejecutivo de la ONG FIMA y académico de la Universidad de Chile.

Por otro lado, cabe destacar que los derechos de la naturaleza han abarcado a elementos no definidos tradicionalmente como seres “vivos”, pero que son considerados como seres sintientes o sagrados por diversas culturas. Esto puede incluir a ríos, montañas, glaciares, lagos, entre otros. Elementos que si bien no están vivos, son fundamentales para la biodiversidad de los ecosistemas.

“Esto responde a una ola de derecho ambiental en el mundo que ha venido reconociendo justamente los derechos de la naturaleza como una forma de aumentar la protección sobre el medio ambiente, pero también como una forma de reconocer que nuestra forma de relación con la naturaleza es una relación de interdependencia, y que la naturaleza tiene un valor intrínseco que va más allá de su valor de uso o su valor económico, por lo tanto, el reconocimiento que se puede hacer en la constitución, sería un avance en términos de derecho ambiental” añade Ezio.

Coihues y lengas, cráter del volcán Barrancos Colorados- bosque templado lluviosos del sur ©Guy Wenborne
Coihues y lengas, cráter del volcán Barrancos Colorados- bosque templado lluviosos del sur ©Guy Wenborne

No cabe duda que el antropocentrismo, así como el divorcio de los seres humanos con el resto de la naturaleza, han generado múltiples crisis como lo es el cambio climático, la extinción de especies, la alarmante destrucción de la biodiversidad e incluso la pandemia producida por el Covid-19.

El concepto moderno de “desarrollo” como se ha vivido hasta ahora, muchas veces atenta contra la biodiversidad del planeta y sus comunidades, afectando especialmente a las más vulnerables. En ese sentido, los derechos de la naturaleza podría ayudarnos a cambiar esa visión y rescatar elementos ancestrales y locales, ya que varias de las propuestas legislativas en otros países se fundamentan en las cosmovisiones indígenas, lo que cobra especial relevancia en el escenario sudamericano.

Así lo señala Florencia Ortúzar: “En todo caso, reconociendo que la Constitución nunca será una varita mágica que solucione todos nuestros males, si creo que un reconocimiento del valor intrínseco de la naturaleza, que puede partir siendo más simbólico que real y práctico, puede ir paulatinamente permeando en la educación y cambiando la cultura y así generando cambios importantes. Creo que las dificultades prácticas que podremos tener para hacer realidad los derechos de la naturaleza no deben desanimarnos de intentar conseguirlo. Estos cambios toman tiempo. Los/las que son activistas del planeta aprovecharán lo que hay y de a poco se va construyendo una realidad más razonable, se van marcando procedentes, construyendo una nueva narrativa y una forma de entender el mundo y nuestro lugar en él”.

Para Juan Pablo Orrego, director de la ONG Ecosistemas, consagrar los derechos de la naturaleza responde a una necesidad y a una obligación que tenemos como seres humanos con la naturaleza.  “En la constitución debemos instalar a la naturaleza primero, poner a la naturaleza arriba de todo. Y esto es algo pragmático, no ideológico, porque ¿Quién nos da el aire? ¿Quién nos da el agua? ¿Quién nos da los alimentos? ¿Quién podría eventualmente volver a regular el sistema que nosotros hemos descalabrado? ¿Quién podría regular el ph y la salinidad de nuestros océanos? La respuesta a todas esas interrogantes es la naturaleza. Esa es la realidad, y hay que mirarla al estilo budista, duele ver las condiciones en las que está el mundo pero si tu no ves la realidad no la puedes mejorar, no puedes revertir aquello que no quieres ver”.

Parque Nacional Cerro Castillo © Cristián Aguirre
Parque Nacional Cerro Castillo © Cristián Aguirre

La Constituyente y los derechos de la naturaleza

La posibilidad de tener una nueva constitución instalo el debate en torno a la concepción de la naturaleza como sujeto de derechos, reconociendo su valor intrínseco  y con ello, se ha instalado en el debate muchas otras propuestas e ideas que avanzan en pos de una constitución ecológica.

“Ahora, con una Convención Constituyente en marcha, estamos en un momento bastante propicio para incorporar iniciativas progresistas en temas ambientales. Dentro de la Comisión de Medio Ambiente, 13 de 19 miembros pertenecen al grupo de los denominados “eco constituyentes” que apoyan esta idea.  También, entre las “iniciativas populares de norma” que alcanzaron más de 15 mil votos (los necesarios para que la iniciativa se discuta en la convención), dos iniciativas que buscan el reconocimiento de los derechos de la naturaleza lograron los votos. Esto quiere decir que se discutirán en la Comisión de Medio Ambiente y luego tendrán que votarse en el pleno de la Convención. Por la conformación de la Convención Constituyente, es muy probable que estas iniciativas sean exitosas. Luego quedaría solamente la aprobación final de la nueva Constitución propuesta, que deben votar todo Chile en plebiscito”, indica Florencia Ortúzar.

Sin embargo, concretar estas propuestas no es nada fácil, por lo que la Comisión de Medio Ambiente de la convención enfrenta una ardua tarea al momento de delinear estas nuevas normativas y lograr su aprobación.

Ante esto, Cristina Dorador señala: “En general hay conciencia de que la Constitución debe ser ecológica, algunos lo piensan desde la sustentabilidad, otros desde los derechos de la naturaleza, pero siempre con la idea de que la forma con que nos relacionamos con nuestro entorno natural no puede seguir igual. Ahora estamos es proceso de aprobación de normas en general, durante el periodo de indicaciones y votación en particular ya se van a ir delineando como avanza la EcoConstitución”.

“En general, el clima de la convención se muestra a favor de las normas de protección ambiental. De parte de los y las convencionales de todos los partidos políticos ha existido comprensión de la necesidad de que contemos con una constitución ecológica y contemos con mayores normas de protección ambiental. Específicamente a lo que se refiere a los derechos de la naturaleza, creo que si bien hay una tendencia a favor,  existe mayor división de parte de algunos que todavía no han tenido una compresión profunda de lo que esto significa, que se ha quedado en algunas de estas dudas que si bien son legítimas, son dudas que son posibles de resolver y que ya están  discutidas en el mundo.  En el mundo hay 29 que reconocen derechos de la naturaleza por lo que tampoco es una institución absolutamente innovadora, sino que tiene un nivel de tradición”, agrega el abogado Ezio Costa.

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